El cielo único europeo

Centro de control del espacio aéreo (foto: Eurocontrol).

El “Cielo Único Europeo” (SES, Single European Sky), es un conjunto de medidas dirigidas a responder a las necesidades futuras en términos de capacidad y de seguridad aérea. Dichas medidas están dirigidas, tanto al sector civil, como al militar, y se centran en la normativa, la economía, la seguridad, el medio ambiente, la tecnología y las instituciones. Se trata de poner fin a una organización de la gestión del tráfico aéreo, que apenas ha evolucionado desde los años sesenta, y que es en gran parte responsable de la congestión actual del tráfico aéreo.

Esta iniciativa es parte de una estrategia de cuatro pilares, que buscan la mejora medioambiental de la aviación, el aumento de la capacidad del espacio aéreo europeo , el incremento de la eficiencia y la mejora de la seguridad de los aeropuertos de Europa, teniendo como objetivo garantizar una utilización óptima del mismo, que cumpla los requisitos de todos los usuarios, teniendo como objetivo fundamental, reestructurar el sistema ATM (del inglés “Air Traffic Management”) europeo, evolucionando hacia un sistema de transporte aéreo más eficaz, debido a la armonización y mejora en la prestación de los servicios de navegación aérea, reduciendo la fragmentación actual mediante la creación de los llamados “bloques funcionales de espacio aéreo” (FAB), basados en requisitos operacionales, en particular flujos de tráfico, en lugar de en las fronteras nacionales.

De esta forma, la consecución de los objetivos del “Cielo Unico Europeo”, dará respuesta a los retos asociados al crecimiento estimado durante las siguientes décadas dentro del sector del transporte aéreo, generando capacidad adicional para atender la demanda futura prevista, y aumentando el rendimiento global del sistema europeo de gestión de tránsito aéreo.

Un bloque funcional de espacio aéreo (Functional Airspace Block  - FAB) se define en el cielo único europeo como un bloque de espacio aéreo basado en exigencias operativas y establecido con independencia de las fronteras existentes, en los que la prestación de servicios de navegación aérea y las funciones relacionadas está basada en el rendimiento y optimizada a través de una mayor cooperación entre los prestadores de servicios de navegación aérea, ó cuando proceda, un proveedor integrado (imagen: Eurocontrol).

Siendo el espacio aéreo europeo uno de los más congestionados del mundo, el sistema actual sufre de deficiencias, como la división en sectores siguiendo fronteras nacionales, o los sectores para uso restringido a los militares incluso cuando podrían no estar usándose.

Los países de la UE tendrán que designar o crear, conjunta o individualmente, uno o varios órganos en calidad de autoridad nacional de supervisión, que desempeñarán las tareas asignadas a dicha autoridad, teniendo en cuenta que las autoridades nacionales de supervisión son independientes de los proveedores de servicios de navegación aérea.

Con el control de tráfico aéreo en la Unión Europea en manos de los estados miembros, en cooperación con EUROCONTROL, agencia intergubernamental que incluye a los países de la UE y otros del entorno, y sin dejar nunca de lado la seguridad, el objetivo primario del “Cielo Único Europeo” es dar cabida al creciente tráfico aéreo en Europa, que ya no soporta el modelo de los sectores aéreos actuales. España ha bloqueado la inclusión del Aeropuerto de Gibraltar en dicho “Cielo Único Europeo”.

El conjunto del cielo único europeo incluye un reglamento marco y tres reglamentos técnicos de aplicación sobre la prestación de servicios de navegación aérea, la organización y utilización del espacio aéreo y la interoperabilidad de la red europea de gestión del tráfico aéreo. Estos Reglamentos están dirigidos, en particular, a mejorar, e incrementar la seguridad y a reestructurar dicho espacio aéreo en función del tráfico, y no de las fronteras nacionales.

El objetivo del Reglamento es reforzar las actuales normas de seguridad y la eficacia global del tránsito aéreo general en Europa, mejorar al máximo la capacidad para responder a las necesidades de todos los usuarios del espacio aéreo y reducir al mínimo los retrasos.

El Comité del cielo único europeo, que se creó con la entrada en vigor del Reglamento, está compuesto por dos representantes de cada país de la UE y presidido por un representante de la Comisión. se encarga de asistir a dicha Comisión en la gestión del cielo único y de velar por que se tengan debidamente en cuenta los intereses de todas las categorías de usuarios del espacio aéreo.

Captura de pantalla del control de Maastricht UAC, que muestra un número de aviones en tránsito (foto: Eurocontrol).

Las primeras ideas sobre el Cielo Único proceden de la década de 1960, cuando se creó Eurocontrol con el objetivo de crear un espacio aéreo superior único en Europa, ya que en aquel momento éste se encontraba muy dividido.

Este nuevo espacio aéreo se organizaría en “bloques funcionales”, sin reparar en las fronteras nacionales, consiguiendo que la nueva organización redujera las emisiones de gases efecto invernadero, demoras y costes, y mejorara la seguridad.

En octubre de 2001, la Comisión Europea, de cara a la creación del Cielo Único Europeo, adoptó propuestas para crear un ente regulador para el control de tráfico aéreo de la UE, Noruega y Suiza. Este ente regulador uniformaría el espacio aéreo superior europeo, eliminando las fronteras nacionales mencionadas previamente, para pasar a sectores, que buscasen eficacia, e integraría los sectores militares cuando su uso fuera posible, lo que conllevó la realización de la fase de definición de SESAR, que se puso en marcha a partir de Noviembre de 2005 como consorcio empresarial “SESAR Consortium”, contratado por Eurocontrol .

La Comisión Europea elaboró en febrero de 2006 un programa de trabajo para lograr la aplicación del Cielo Único Europeo, que se basó en los avances logrados en el 2005 tras la definición del primer paquete de medidas SES-I. Este programa de trabajo es un documento vivo, y se deberá actualizar para reflejar los nuevos acontecimientos que se produzcan en el tráfico aéreo europeo.

El 25 de junio de 2008, se adoptó una revisión de la regulación del Cielo Único Europeo, que se denominó «SES-II» con el que se pretendía evaluar la rentabilidad y el rendimientos de los servicios de navegación aérea, enfocada en cuatro áreas La primera, fue dar forma a la legislación existente del Cielo Único Europeo para conseguir respuestas a los problemas medioambientales y de rendimiento. La segunda, proveer la tecnología futura a través del plan SESAR. La tercera, extender la competencia de la Agencia Europea de la Seguridad Aérea a aeródromos, control de tráfico aéreo y servicios de navegación aérea. Y la cuarta, mejorar la capacidad en tierra, implementando el “plan para la seguridad, eficiencia y capacidad aeroportuaria”.

El autor en el Centro de Control de Tránsito Aéreo de Sevilla NOVOSUR (foto: vía Javier Yébenes).

Como fechas significativas, cabe destacar Noviembre de 2000 con el establecimiento de la regulación SES, y junio de 2008 con la Regulación SES-II adoptada.

Tras la erupción del volcan Eyjafjallajokull en 2010, se aceleraron los planes para integrar los sistemas de control aéreo nacionales, y la creación de un grupo de coordinación de crisis para poder dar mejor respuesta en el futuro a paralizaciones de tráfico aéreo.

Como hitos fundamentales en el horizonte de la iniciativa SES, se puede recalcar el establecimiento de un sistema de evaluación de rendimientos, que fija niveles para todos los actores del sector, respecto a áreas clave, como son la seguridad, el medio ambiente, y el establecimiento de un gestor de red, a nivel europeo, que asumirá un conjunto de funciones ATM, como son el diseño de rutas, también a nivel europeo, la gestión de frecuencias y códigos radar, la gestión de flujos de tráfico (ATFM), y la sincronización en el despliegue de nuevas tecnologías. También, el establecimiento de los “bloques funcionales de espacio aéreo” transfronterizos, basados en requisitos operacionales, con objeto de lograr una organización más racional del espacio aéreo. En este contexto, la localización geográfica de Portugal y España en el extremo suroccidental de Europa y las características de los respectivos tráficos, convierten a ambos Estados en socios naturales para establecer un bloque funcional de espacio aéreo, de tal manera que actualmente, AENA está participando activamente, junto con el resto de actores implicados, en diversas áreas y a distintos niveles, para el establecimiento de un FAB en el suroeste de Europa (SW FAB).

Para su desarrollo, se ha lanzado el programa SESAR (Single European Sky ATM Research), un proyecto del conjunto de la comunidad de transporte aéreo europea cuyo objetivo es la implantación para 2020 de una red de gestión del tráfico aéreo europeo de altas prestaciones.

El órgano consultivo del sector, asesora a la Comisión sobre la creación del cielo único europeo, está compuesto por representantes de los proveedores de servicios de navegación aérea, de las asociaciones de usuarios del espacio aéreo, de los operadores de los aeropuertos, de la industria de fabricación aeronáutica y de las organizaciones profesionales de representación del personal.


Colaboró en la elaboración de este artículo: J. Morales.


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